Servicios

Funeraria Campos tiene a su disposición los siguientes servicios para brindar una mejor atención.

Traslados dentro y fuera de la ciudad

Distintos Modelos de Carrozas

Arriendo de Capillas

Sala de Velatorios las 24 horas

Urnas de párvulos y exhumación

Teléfonos (72) 56 1545 Móvil: 6 835 3984–9 660 9636 contacto@funarariacampospeumo.cl

Utilidad

Cuota Mortuoria

¿Qué es la Cuota Mortuoria?

Es un beneficio pecuniario que consiste en el retiro de una suma equivalente a 15 Unidades de Fomento de la cuenta individual del afiliado. Se paga a quien, unido o no por un vínculo de parentesco o matrimonio con el afiliado fallecido, acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral. Si quien se hiciese cargo de los gastos del funeral fuese una persona distinta del cónyuge, hijos o padres del afiliado fallecido, el monto máximo que se pagará será el valor de la factura que refleje el monto efectivo de su gasto, hasta el monto máximo de 15 Unidades de Fomento quedando el saldo si lo hubiere, hasta completar las 15 Unidades de Fomento, a disposición del o la cónyuge sobreviviente, y a falta de éste, de los hijos o los padres del afiliado.

¿Cómo se financia la cuota mortuoria y a cuánto asciende?

Se financia con el saldo de la cuenta individual y es pagada por la Administradora de afiliación, cuando el afiliado fallece activo o pensionado por invalidez conforme a un primer dictamen o cuando se encuentra pensionado por invalidez o vejez en la modalidad de retiro programado o renta temporal. El monto del beneficio es de U.F. 15 o hasta el monto del saldo de la cuenta de capitalización individual, si éste fuere inferior. Corresponde a la Compañía de Seguros financiar la cuota mortuoria si se encontraba pensionado en renta vitalicia.

¿Todos los afiliados tienen derecho a la cuota mortuoria?

La ley otorga el derecho a todos los afiliados y se paga en la medida que exista saldo en la cuenta obligatoria.

¿Dónde se tramita la cuota mortuoria y dentro de qué plazos se puede hacer efectivo el derecho?

El trámite se efectúa ante la AFP de afiliación y no existe plazo.

¿ Cuál es la documentación que debe presentarse para cobrar la Cuota Mortuoria?

• Solicitud de Cuota Mortuoria (disponible en cada A.F.P.) • Certificado de Defunción del Afiliado. • Facturas o documentos que acrediten los gastos del funeral. • Documentos que acrediten la relación de parentesco con el afiliado, cuando corresponda.

¿Y en caso del INP?

Las personas que tienen derecho a la cuota mortuoria, son las que reciben una pensión de vejez o viudez.

¿Cómo se hace efectivo en caso del INP?

La persona que se hizo cargo del servicio funerario se debe acercar al INP de su domicilio y presentar la factura, certificado de defunción, carnet de identidad y solicitarlo, siempre que el servicio fuera cancelado en efectivo. En los casos que no se cancele el servicio a la funeraria, estas mismas son las que realizan el trámite en el INP. Aunque este es un momento muy difícil para los familiares, este trámite se tiene que realizar, tenga presente y consulte si la persona tiene o derecho a la cuota mortuoria, para que después no se sienta perjudicado o estafado con una funeraria.

Preguntas Frecuentes

¿QUE HACER EN CASO DEL DECESO DE UNA PERSONA?

Contactar a Funeraria Campos en el teléfono 72-561545, con atención las 24hrs. del día, los 365 días del año.

¿QUIEN CERTIFICA EL DECESO?

El hospital o clínica, ó El médico de cabecera. Si el fallecimiento se produce por circunstancias no naturales o traumáticas, se debe dar aviso a Carabineros de Chile, quienes le indicarán los pasos a seguir.·

¿COMO SE LLAMA EL DOCUMENTO QUE EMITE EL MEDICO?

Certificado Médico de Defunción", y debe ser escrito de puño y letra por el médico.

¿PARA QUE SIRVE EL CERTIFICADO MEDICO?

Para constatar las causas por las cuales se produjo el deceso indicando lugar, fecha y hora.

¿QUE HAGO CON EL CERTIFICADO MEDICO DE DEFUNCION? Debe ser entregado a los funcionarios de Funeraria Campos junto a la Cédula de Identidad del fallecido.

¿QUIEN INSCRIBE LA DEFUNCION? Los funcionarios de Funeraria Campos.

¿DONDE SE INSCRIBE LA DEFUNCION?

En el Registro Civil de la comuna donde se produjo el deceso, y en los locales de Registro Civil que se encuentran dentro de los recintos hospitalarios.

¿COMO SE INSCRIBE LA DEFUNCION?

Debe presentar Cédula de Identidad del fallecido, "Certificado Médico de Defunción" más Cédula de Identidad de la persona a cargo del trámite.

¿QUE DATOS DEBO SABER PARA INSCRIBIR LA DEFUNCION?

Del fallecido debe saber: Cementerio donde será sepultado, Estado Civil, Profesión, Estudios y última dirección.

¿EL REGISTRO CIVIL EMITE CERTIFICADOS DE DEFUNCION?

Si, sólo si la inscripción es un día hábil. Si fuese el fin de semana o día feriado, no.

¿QUE DOCUMENTO ME DA EL REGISTRO CIVIL?

Una autorización de sepultación.

¿QUE HAGO CON LA AUTORIZACION O PASE DE SEPULTACION?

Lo debe presentar en el Cementerio o Parque donde va a sepultar a la persona fallecida.

¿QUIEN HACE LOS TRAMITES DEL CEMENTERIO?

Los hace la familia, ya que se deben cancelar los Derechos de Sepultación.